En los comienzos del Sistema de Gestión Judicial (SGJ) la tramitación de las comunicaciones entre las dependencias judiciales y las partes se adecuó al procedimiento ordinario, tal como se venía llevando a cabo históricamente. No obstante, en el camino de lograr la digitalización de todos los procesos judiciales, optimizando los recursos y la eficiencia, las notificaciones (papel y electrónicas) dentro del sistema de gestión han sido modificadas en base a la Ley Nº 26.685 y a la implementación de las Acordadas 31/2011 - 3/2012 - 38/2013 - 3/2015 - 12/2015 - 35/2015.
De este modo se añadieron posibilidades de confeccionar y enviar distintos tipos de cédulas a los intervinientes pertinentes en el marco de las diferentes causas tramitadas, reduciendo los tiempos en la generación y envío de aquellas. En ese sentido se implementó el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SNE), por medio del cual se materializó el uso de las comunicaciones digitales, denominadas Notificaciones Electrónicas. Para ello, se implementó la Identificación Electrónica Judicial (IEJ) con la finalidad que todos los auxiliares de la justicia accedan al SNE, obteniendo la información de las comunicaciones judiciales al instante bajo un formato seguro y confiable.
Por lo tanto, el uso de esta herramienta informática permite a todos los auxiliares de la justicia acceder remotamente a las comunicaciones emanadas por las distintas dependencias judiciales sin necesidad de acercarse a los tribunales quedando fehacientemente notificados, lográndose de esta manera una máxima reducción en el tiempo de recepción por el destinatario, debido a que cuando el tribunal genera y envía una notificación electrónica el Sistema de Gestión Judicial automáticamente la PUBLICA, dejando constancia tanto en las actuaciones de la causa como en el módulo externo donde acceden los letrados con su IEJ.
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