Inscripción / Re-inscrpción Peritos 2025
La inscripción al listado de peritos es un proceso que conlleva varios pasos y ciertas particularidades.
En esta sección encontrará una guía que lo acompañará en el proceso de Registración, Inscripción y Selección de jurisdicción/materia.
La inscripción en el listado de peritos generalmente implica cumplir con ciertos requisitos establecidos según la profesión/profesiones donde se inscriba.
Pasos para la inscripción por primera vez
1. Registración de datos personales en el Sistema de Administración de Usuarios (SAU)
2. Inscripción según su profesión (SUAMP)
3. Elección de jurisdicción/materia donde desee actuar
Para tener en cuenta
• Debe contar con título en mano
• Como ámbito de actuación podrá seleccionar las jurisdicciones donde su matrícula profesional se lo permita.
• La inscripción en el SAU (paso 1) debe acreditarla ante funcionario judicial (personalmente y con los originales) para poder
continuar con la Inscripción en el SUAMP (paso 2) donde deberá cargar los datos referentes a su profesión
• La inscripción en el SUAMP (paso 2) debe acreditarla en las cámaras o Consejo profesional, según corresponda para poder continuar
con el paso 3 que no lleva validación alguna
• Cuando los plazos para la inscripción terminen (31/10/2025) podrá obtener un Certificado de Inscripción definitivo.
• Si no aparece o tiene diferencias, ud. dispondrá de 15 días para efectuar los reclamos correspondientes completando el formulario que dejamos en esta sección.
El listado de Conceptos de los servicios administrativos arancelados (Acordada 34/2015):
A) Inscripción de peritos, síndicos y martilleros.
B) Denuncias formuladas por particulares ante el Cuerpo de Auditores Judiciales - pesos trescientos.
C) Expedición de certificados y testimonios.
D) Consultas a las oficinas de jurisprudencia, e impresión del material consultado, efectuada por el sistema informático.
E) La expedición de fotocopias de resoluciones, sentencias y demás actuaciones (valor por cada hoja que se entrega al interesado).
F) Certificación sobre la autenticidad de fotocopias (valor por cada cuatro fotocopias que sean certificadas).
G) Certificaciones de firmas.
H) Oficios que ingresen al archivo solicitando fotocopias, certificados, remisiones, etc.
I) Consultas de expedientes archivados en el Archivo General del Poder Judicial (el presente arancel no se aplicará a los requerimientos
realizados por los tribunales para el cumplimiento de sus funciones y mediante el correspondiente oficio. Quedan también expresamente exceptuados los pedidos
en tal sentido que realicen historiadores o investigadores, siempre y cuando el material no sea destinado a un trabajo con fines de lucro, para lo
cual será necesaria la presentación de una declaración jurada).
J) Los informes brindados por el archivo público para: (i) el trámite normal, (ii) trámite urgente.
K) Listado de sorteo de expedientes solicitado por profesionales.
L) Las consultas referentes a estadísticas judiciales realizadas por particulares.
M) Utilización de la Sala de Videoconferencias, ubicada en el cuarto piso del Palacio de Justicia (valor durante una jornada diaria
máxima de ocho (8) horas de duración, o la parte proporcional que corresponda de la suma mencionada por cada hora de uso de la Sala).
Clic aquí para ingresar al instructivo de pago de aranceles
Información importante para ingenieros tasadores
Se comunica que se ha restructurado la AGRUPACIÓN TASADOR
Los ingenieros que deseen actuar realizando tasaciones deben inscribirse, también en su especialidad con el agregado TASADOR, por ejemplo:
Actual:
•Ingeniero INDUSTRIAL
Con la especialidad:
•Ingeniero INDUSTRIAL TASADOR
Puede visualizar las resoluciones de la Oficina Pericial haciendo clic en los siguientes enlaces:
Clic aqui para abrir el Registro 399
Clic aqui para abrir el Registro 400
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