PREGUNTAS FRECUENTES





Profesionales/Notificaciones Electrónicas.
En los comienzos del Sistema de Gestión Judicial (SGJ) la tramitación de las comunicaciones entre las dependencias judiciales y las partes se adecuó al procedimiento ordinario, tal como se venía llevando a cabo históricamente. No obstante, en el camino de lograr la digitalización de todos los procesos judiciales, optimizando los recursos y la eficiencia, las notificaciones (papel y electrónicas) dentro del sistema de gestión han sido modificadas en base a la Ley Nº 26.685 y a la implementación de las Acordadas 31/2011 - 3/2012 - 38/2013 - 3/2015 - 12/2015 - 35/2015.
De este modo se añadieron posibilidades de confeccionar y enviar distintos tipos de cédulas a los intervinientes pertinentes en el marco de las diferentes causas tramitadas, reduciendo los tiempos en la generación y envío de aquellas. En ese sentido se implementó el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SNE), por medio del cual se materializó el uso de las comunicaciones digitales, denominadas Notificaciones Electrónicas. Para ello, se implementó la Identificación Electrónica Judicial (IEJ) con la finalidad que todos los auxiliares de la justicia accedan al SNE, obteniendo la información de las comunicaciones judiciales al instante bajo un formato seguro y confiable.
Por lo tanto, el uso de esta herramienta informática permite a todos los auxiliares de la justicia acceder remotamente a las comunicaciones emanadas por las distintas dependencias judiciales sin necesidad de acercarse a los tribunales quedando fehacientemente notificados, lográndose de esta manera una máxima reducción en el tiempo de recepción por el destinatario, debido a que cuando el tribunal genera y envía una notificación electrónica el Sistema de Gestión Judicial automáticamente la PUBLICA, dejando constancia tanto en las actuaciones de la causa como en el módulo externo donde acceden los letrados con su IEJ.
Al CUIL ó CUIT del letrado o parte interviniente en un proceso judicial con la aptitud de Ingresar al Sistema de Gestión Judicial; cuya titularidad, gestión y administración corresponde por completo al Poder Judicial de la Nación y verificar allí la existencia de Notificaciones.
Acordada CSJN Nº 31/2011 (“…Identidad del usuario: El usuario es responsable por el código de usuario y contraseña asignados , que le son propios e intransferibles…”); (“…Que desde el punto de vista técnico, la reglamentación tiene como objetivo fundamental dotar de seguridad al nuevo sistema, a fin de establecer los aspectos instrumentales de su aplicación. Que por su parte, desde el punto de vista sustancial, se ha considerado especialmente que la constitución de domicilio electrónico trae como consecuencia una innovación en la práctica actual de las notificaciones a diligenciarse en el domicilio…”) Acordada CSJN Nº 3/2015. ("...La denuncia de la Identificación Electrónica Judicial (domicilio electrónico) es obligatoria para todos los que tomen intervención en los procesos judiciales a fin de facultar su gestión en las causas que les corresponden...")
El aviso de cortesía primordialmente no constituye la Notificación Electrónica, como bien dice la palabra corresponde a un aviso de cortesía para el usuario registrado en el Sistema. Dicha cortesía se envía automáticamente a la dirección de correo denunciada por el letrado, organismo y autorizado en su “enrolamiento al sistema”, en el que se le pone en conocimiento que tiene una notificación, con la mención del número de causa en que se produjo y la carátula del expediente en el “Asunto”. No obstante, el envío de esta cortesía puede fallar debido a la restricción que realizan los correos electrónicos como correos no deseados.
Lo importante es que los interesados en recibir notificaciones electrónicas accedan cotidianamente al módulo de Notificaciones dentro del Portal de Gestión de Causas.
Si no encuentra algún Destinatario es porque el mismo no figura como Interviniente o no ha constituido Domicilio Electrónico en la causa. Si corresponde solicite al Tribunal lo intime a denunciar el Domicilio Electrónico.
La Notificación Electrónica se envía a todos los Intervinientes que representan a la Parte, aun cuando se marque sólo uno de ellos.
No, solamente se pueden Notificar los Proveídos por el Juzgado que aparecen en la lista para seleccionar.
Es la persona/personas designada por cualquiera de los intervinientes que denuncian su Identidad Electrónica Judicial para consultar y confeccionar borradores de cédulas, la cuales deberán ser posteriormente confirmadas y enviadas por el letrado de quien dependan. Los autorizados pueden o no ser letrados. Los mismos son cargados en el Sistema de los Letrados el cual tendrán que registrarse previamente en la Página Web del Poder Judicial de la Nación o en la de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, subiendo digitalmente copia de su documento nacional de identidad y la constancia de su CUIL.
Puede ver un video tutorial ingresando al siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=XB5p6wp_cxA
(tenga en cuenta que cuando ingrese a la página del PJN debe clickear “VERSION ANTERIOR”).
Vea el siguiente tutorial que explica el procedimiento.
https://www.youtube.com/watch?v=HDMxhQy--4E&feature=youtu.be
(tenga en cuenta que cuando ingrese a la página del PJN debe clickear “VERSION ANTERIOR”).
Todas las causas en trámite se encuentran incluidas para gestionar las notificaciones electrónicas bajo este portal, esto significa que si usted aún no presentó su domicilio electrónico en el expediente, deberá denunciar en el primer escrito que presente en el expediente la Identificación Electrónica Judicial, representada por su CUIL/CUIT. Se recuerda que puede incorporarse al sistema como domicilio electrónico exclusivamente el correspondiente al Letrado designado en la causa.
La presentación en todos los expedientes de la Identificación Electrónica Judicial (CUIT/CUIL) es fundamental para conectarse con el Sistema de Notificaciones. Esto quiere decir que es condición obligatoria tener constituido su domicilio electrónico (CUIL) en el expediente a fin de poder emitir o recibir notificaciones electrónicas.
Si usted tiene acceso a la consulta del expediente ingrese a la consulta del expediente y seleccione la pestaña a “Intervinientes”, allí verifique que su CUIL se encuentre validado en color verde.
Si no tiene acceso a la consulta del expediente comuníquese con la dependencia judicial.
Sí, para verificar las notificaciones recibidas utilice:
www.pjn.gov.ar >> Portal de Gestión de Causas >> Gestión de Causas >> Cuil y contraseña >> Notificaciones >> Marque Fecha desde - Fecha hasta >> Marque el círculo "Recibidas" >> Pulse Buscar
Sí, para generar el certificado oficial de visualización de las notificaciones realice los siguientes pasos:
www.pjn.gov.ar >> Portal de Gestión de Causas >> Gestión de Causas>> Cuil y contraseña >> Notificaciones >> Consigne la Cámara de la causa correspondiente >> Marque Fecha desde - Fecha hasta >> Marque el círculo "Recibidas" >> Pulse el botón “Constancia”
De acuerdo con la Acordada CSJN Nº 3/2015, la aplicación del sistema de notificaciones electrónicas se extiende a todas las causas en trámite en el Poder Judicial de la Nación, de modo que dicho sistema de notificación pasa a ser completamente obligatorio y exclusivo.
El servicio de notificaciones podrá emplearse durante las 24 horas los 365 días del año. Es importante señalar que dicho servicio no modifica los plazos procesales, es decir, las notificaciones emitidas tanto por el Juzgado como por los demás intervinientes del proceso, enviadas entre las 07.00 y las 20.00 horas de un día hábil (y que no tengan expresa habilitación de día y hora) el plazo comenzará a correr a las 07.00 horas del DÍA SIGUIENTE. Las notificaciones emitidas fuera de este horario serán consideradas como enviadas el día siguiente.
Efectivamente la Previsualización no muestra los documentos seleccionados; los incluye al momento de emitir la Notificación.
Si le ocurre con todas la Notificaciones Electrónicas verifique si no existen restricciones para admitir archivos recibidos por parte de la red en que opera o por el navegador que utiliza.
Si sólo le ocurre en un caso particular, utilice el Formulario disponible para informar la situación.