Es la persona/personas designada por cualquiera de los intervinientes que denuncian su Identidad Electrónica Judicial para consultar y confeccionar borradores de cédulas, la cuales deberán ser posteriormente confirmadas y enviadas por el letrado de quien dependan. Los autorizados pueden o no ser letrados. Los mismos son cargados en el Sistema de los Letrados el cual tendrán que registrarse previamente en la Página Web del Poder Judicial de la Nación o en la de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, subiendo digitalmente copia de su documento nacional de identidad y la constancia de su CUIL.
Puede ver un video tutorial ingresando al siguiente link:
https://www.youtube.com/watch?v=XB5p6wp_cxA (tenga en cuenta que cuando ingrese a la página del PJN debe clickear “VERSION ANTERIOR”).